Seguimiento y justificación Bono Digital

Seguimiento y justificación Bono Digital

AYUDAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE BONOS DIGITALES PARA COLECTIVOS VULNERABLES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA-NEXT GENERATION EU.

ORDEN 3/2023, de 25 de abril, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, de modificación de la Orden 9/2022, de 4 de julio, de la Conselleria de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (DOGV 9374, 04.07.2022), y segunda convocatoria de concesión de ayudas del programa

RESOLUCIÓN de 9 de noviembre de 2022, de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la cual se amplia el plazo de presentación de solicitudes para la concesión de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España, financiado por la Unió Europea-Next Generation EU, y convocatoria de concesión de ayudas del programa.

Orden 14/2022 de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital de modificación de la Orden 9/2022, de 4 de julio, de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital por la cual se aprueban los bases reguladores para la concesión de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España financiado por la Unió Europea-Next Generation EU (publicada en el DOGV n.º 9374 / 04.07.2022), y convocatoria de concesión de ayudas del programa.

ORDEN  9/2022 de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, por la cual se aprueban los bases reguladores y se efectúa convocatoria de concesión de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, lo marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España financiada por la Unió Europea-Next Generation EU)

RESOLUCIÓN de la consejera de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digita, a propuesta de la Dirección General para la Lucha Contra la Brecha Digital, por la cual se aprueba el plan de control aplicable durante el procedimiento de concesión y comprobación de la justificación de ayudas otorgadas en base a la Orden 9/2022 de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital por la cual se aprueban los bases reguladores para la concesión de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España.

SEGUIMIENTO 

Según lo establecido en la Orden 9/2022 de la Consellería de Innovación, Universidades, Ciencia y Sociedad Digital, a fin de que el órgano concedente pueda realizar un seguimiento adecuado de la actividad subvencionada, los operadores adheridos aportarán mensualmente de forma telemática un informe de seguimiento de los servicios prestados durante el mes, así como el detalle de las altas y bajas realizadas. 

Enlace presentación documentación: aportación de documentación de los operadoras adheridos en el programa de emisión de "bonos digitales" para seguimiento, requerimiento, justificación, etc. 

JUSTIFICACIÓN

En cuanto a la justificación de los gastos, los operadores deberán presentar una primera justificación de la anualidad 2022 con los gastos realizados hasta el 30 de noviembre de 2022 y una justificación final con los gastos realizados desde esa fecha hasta el 30 de
noviembre de 2023.

Ambas cuentas justificativas incluirán, para cada anualidad de gastos, la siguiente documentación:

  • Memoria de actuación justificativa del cumplimiento de la actividad subvencionada, según los requisitos que se establecen en estas bases reguladoras que incluirá la conformidad expresa de la persona beneficiaria con el servicio instalado y prestado.
  • Memoria económica que contenga relación detallada de los gastos y pagos realizados con los fondos percibidos.
  • Relación mensual nominativa de los contratos firmados por ambas partes con fecha de inicio y fin del servicio.
  • Relación nominativa de altas y bajas del servicio acompañada del documento firmado por cada clienta o cliente. Las bajas deben justificarse si son por cambio de compañía o por el fin de la validez del bono digital.
  • Factura anual regularizada emitida por cada operadora donde se recoja la relación de cada persona beneficiaria (nombre completo y DNI/NIF), el emisor de la misma, fecha de inicio y fin del servicio y los servicios incluidos, el precio de los mismos y la bonificación aplicada por la ayuda concedida y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente.
  • Declaración expresa de no haber recibido ninguna otra subvención, ayuda, ingreso o recurso, que cubra el mismo coste, procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  • Pruebas pertinentes acerca del cumplimiento de las obligaciones de publicidad que se recogen en la base 16.

Enlace presentación documentación: aportación de documentación de los operadoras adheridos en el programa de emisión de "bonos digitales" para seguimiento, requerimiento, justificación, etc. 

DUDAS Y CONSULTAS

Para cualquier duda o consulta sobre el procedimiento de aportación de documentación para el seguimiento y/o justificación del Bono Digital puede llamar al teléfono +34 960 99 25 95 o enviar un email a bono_digital@gva.es