Turismo - Turisme DG
Procedimiento de baja de viviendas de uso turístico por no disponibilidad de referencia catastral en el Registro de Turismo CV
Procedimiento de baja de viviendas de uso turístico por no disponibilidad de referencia catastral en el Registro de Turismo CV
Desde la Dirección General de Turismo se ha iniciado de forma masiva un procedimiento de inicio de expediente de baja de viviendas de uso turístico por no disponer en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana de la referencia catastral única e individualizada.
En este procedimiento se enviará una notificación a la carpeta ciudadana de cada titular que tenga viviendas de uso turístico inscritas en el Registro de Turismo sin este dato.
Para que estas viviendas puedan seguir en el Registro de Turismo lo único que deberán completar los titulares es el campo de la referencia catastral única e individualizada de la vivienda.
A continuación, se pone a disposición de los interesados un documento de ayuda con las instrucciones a seguir para poder completar este trámite: INSTRUCCIONES procedimiento COMUNICAR REFERENCIA CATASTRAL VIVIENDAS USO TURÍSTICO
Este trámite se ha habilitado pensando en que sea fácil y accesible para el usuario. No obstante, cualquier consulta se podrá realizar a través de vutsrc@gva.es
*La referencia catastral debe ser exclusiva de la vivienda, la misma referencia no puede estar asociada a más de una vivienda.
BAJA DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO (cerrado)
BAJA DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO (cerrado)
Con fecha 5 de marzo de 2025 ha sido publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2025, de la Dirección General de Turismo, de cancelación de la inscripción y baja de viviendas de uso turístico en el Registro de turismo de la Comunitat Valenciana.
Esta Resolución afecta a las viviendas de uso turístico de los titulares de los cuales no se disponía del Número de identificación fiscal/extranjero (NIF/NIE) en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana, según el ACUERDO de la Dirección General de Turismo, de inicio del procedimiento de cancelación de la inscripción y baja en el Registro de turismo de la Comunitat Valenciana y trámite de audiencia, de viviendas de uso turístico y que figuran en los siguientes anexos:
Para la presentación de recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, se podrá presentar a través del siguiente enlace:
Publicación del Plan de Inspección de Turismo 2025
Publicación del Plan de Inspección de Turismo 2025
Se ha publicado el Plan de Inspección de Turismo 2025, que puede ser consultado en el siguiente enlace: Inspección
ANUNCIO por el que se habilita el cauce de comunicación digital para la participación en la redacción del PLAN DE INSPECCIÓN DE TURISMO para el año 2025
ANUNCIO por el que se habilita el cauce de comunicación digital para la participación en la redacción del PLAN DE INSPECCIÓN DE TURISMO para el año 2025
Trámite de audiencia de viviendas de uso turístico (cerrado)
Trámite de audiencia de viviendas de uso turístico (cerrado)
Con fecha 28 de enero de 2025 ha sido publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el “ACUERDO de la dirección general de turismo por el que se inicia el procedimiento de cancelación de la inscripción y baja en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana y trámite de audiencia de viviendas de uso turístico.” Este acuerdo afecta a las viviendas de uso turístico de los titulares de los que no se disponga el Número de identificación fiscal/extranjero (NIF/NIE) en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana.