Consumo

Campaña sobre crédito al consumo

Campaña sobre crédito al consumo

Entre los préstamos personales, hay una categoría que tiene una regulación especial: los llamados créditos al consumo, regulados por la Ley 16/2011, de 24 junio, de contratos de crédito al consumo. 

Esta Ley se aplica a los contratos en que una persona física o jurídica en el ejercicio de su actividad comercial, profesión u oficio, (un empresario), concede o se compromete a conceder a un consumidor un crédito bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito o cualquier medio equivalente de financiación, para satisfacer necesidades personales al margen de su actividad empresarial o profesional y cuyo importe ascienda al menos a 200 euros.

La Comisión Europea ha lanzado una campaña sobre los cinco derechos clave que tiene un consumidor al contratar este tipo de crédito:

  1. Derecho a una publicidad transparente. 
  2. Derecho a recibir información antes de firmar el contrato. 
  3. Derecho a recibir información clara en el contrato. 
  4. Derecho a cambiar de opinión. 
  5. Derecho al reembolso anticipado.

Pinche en la siguiente imagen para ampliar la información:

Folleto créditos al consumo_002